El código deontológico de Enfermería de la Universidad de profesa lo siguiente:
“Son inherentes a la enfermería el respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos culturales, el derecho a la vida y a la libre elección, a la dignidad y a ser tratado con respeto. En los cuidados de enfermería hay respeto y no hay restricciones en cuanto a consideraciones de edad, color, credo, cultura, discapacidad o enfermedad, género, orientación sexual, nacionalidad, opiniones políticas, raza o condición social. Las enfermeras prestan servicios de salud a la persona, la familia y la comunidad y coordinan sus servicios con los de otros grupos relacionados” .
El Consejo Internacional de Enfermeras adoptó por primera vez un código internacional de ética para enfermeras en 1953. Posteriormente se ha revisado y reafirmado en diversas ocasiones, la más reciente fue hecha el año 2000 ,
Asímismo, el Colegio de Enfermeras de Chile actualizó en 1997 el código ética de enfermería (5), en respuesta a la aprobación y promulgación el 6 de diciembre de 1997 del artículo 113, inciso 4, de la Ley N° 19536 [6], [7], mediante el cual se definió el rol social de la enfermera.
Concretamente el código deontológico o ético de la enfermería establece que los o las enfermeros(as) tienen cuatro deberes fundamentales y que rigen las normas de su conducta ética
- 1.
Promover la salud
- 2.
Prevenir la enfermedad
- 3.
Restaurar la salud
- 4.
Aliviar el sufrimiento
Estos deberes profesionales se concretan en cuatro áreas principales:
- 1.
Enfermera(o) y las personas
- 2.
Enfermera(o) y la práctica
- 3.
Enfermera(o) y la profesión
- 4.
Enfermera(o) y sus compañeros de trabajo
En consecuencia, desde este código se desprenden una serie de deberes que deben estar en el quehacer de las enfermeras y enfermeros de nuestro país y del mundo. Estos son:
- •
Calidad del cuidado y gestión de los recursos en salud.
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Seguridad, que es inseparable de la calidad de atención que realiza el profesional de enfermería y de aquellos que están bajo su supervisión.
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Uso eficiente de los recursos.
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Establecer y aplicar normas de gestión, práctica, investigación y formación en enfermería.
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Procurar que cada paciente reciba los cuidados que su condición requiere.
- •
Mejorar competencias profesionales y de aquellos que están bajo su supervisión.
- •
Autoevaluación y evaluación de aquellos que supervisa.
En paralelo, las o los enfermeros tienen responsabilidades jurídicas, estipuladas en el Código Sanitario en la ley 19.536 y las leyes de salud de Chile. En la ley 19.536, el quehacer de la enfermería está claramente establecida:
- 1.
La gestión del cuidado.
- 2.
El ejecutar acciones derivadas del diagnóstico y tratamiento médico.
- 3.
El deber de velar por la mejor administración de recursos de asistencia para el paciente.
Esta ley reconoció el problema social que resuelven las enfermeras y que es, la satisfacción de la necesidad de cuidados de salud de la población. Este reconocimiento significa, por una parte, que el cuidado es la función específica de la enfermera a la atención de la salud y, por otra, que es un ámbito definido de la atención que ha sido reservado para las enfermeras, con el objeto de otorgar certeza jurídica respecto a su campo de acción . Sólo se enumerarán los elementos constitutivos de la responsabilidad profesional, porque no es el objetivo del artículo profundizar en este tema
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Responsabilidad civil
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Responsabilidad penal
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Responsabilidad contenciosa-administrativa
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Responsabilidad ético-moral
En concordancia a lo anteriormente expuesto, la ética y la ley obliga a la evaluación y el mejoramiento permanente del quehacer de enfermería, lo que implica la observación continua y sistemática de las acciones que se realizan para la gestión del cuidado.
¿Qué significa y en qué hechos se concreta esto? Se materializa en la observación y vigilancia exhaustiva y ordenada de las intervenciones de enfermería y de los que están bajo su supervisión. Esto significa cuantificar y analizar los resultados de los indicadores de sus acciones, desde donde emergerán preguntas e hipótesis sobre los hechos observados. Posteriormente, se realizarán intervenciones que deberán tener efecto presente y/o futuro con un impacto concreto en el mejoramiento de la gestión y ejecución del cuidado de los pacientes.
¿Cómo se logra cumplir este proceso con credibilidad y validez científica? Sólo a través de la investigación en enfermería.